Resumen de la Nueva Ley 22 de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico

Este es un boletín especial relacionado con la nueva Ley 22 de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico. Esta nueva ley entró en vigor el 7 de enero de 2001, derogando la ley 141 del 20 de julio de 1960. Esta ley promueve la seguridad en las vías públicas, simplifica y agiliza las gestiones de los ciudadanos con los organismos gubernamentales y atempera las disposiciones de la ley a los últimos adelantos científicos y tecnológicos del área de la transportación.

Los capítulos del I al III establecen definiciones y términos relacionados al registro de vehículos de motor, la autorización para transitar por las vías públicas y los requisitos y el procedimiento para licencias de conducir.

Otros capítulos presentan información sobre:

Disposiciones sobre accidentes de tránsito, velocidad, y tránsito de vehículos,

Conducción de vehículos de motor bajo los efectos de sustancias controladas y bebidas embriagantes,

Especificaciones de señales, semáforos y marcado,

Uso de bicicletas, inspección de vehículos y cinturones de seguridad.

Además, la Ley 22 incluye disposiciones sobre equipo de vehículos de motor, así como dimensiones, peso, y carga. Igualmente, establece y determina los parámetros para:

         Denuncias y Citaciones

         Escuela de conductores

         Alquiler de autos

 Renovaciones de licencias y notificación de sentencias

 Poderes estatales y locales

 Autopistas de peaje y limitaciones a su uso

 Cobro de derecho

 Carriles derecho exclusivo

El resto de este boletín describe los cambios principales a las licencias de conducir y las nuevas velocidades límites y presenta en forma de tablas las nuevas multas por estacionamiento y otras penalidades.