Resumen de la Nueva Ley 22 de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico
Este es un boletín especial relacionado con la nueva Ley 22 de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico. Esta nueva ley entró en vigor el 7 de enero de 2001, derogando la ley 141 del 20 de julio de 1960. Esta ley promueve la seguridad en las vías públicas, simplifica y agiliza las gestiones de los ciudadanos con los organismos gubernamentales y atempera las disposiciones de la ley a los últimos adelantos científicos y tecnológicos del área de la transportación.
Los capítulos del I al III establecen definiciones y términos relacionados al registro de vehículos de motor, la autorización para transitar por las vías públicas y los requisitos y el procedimiento para licencias de conducir.
Otros capítulos presentan información sobre:
Disposiciones sobre accidentes de tránsito, velocidad, y tránsito de vehículos,
Conducción de vehículos de motor bajo los efectos de sustancias controladas y bebidas embriagantes,
Especificaciones de señales, semáforos y marcado,
Uso de bicicletas, inspección de vehículos y cinturones de seguridad.
Además, la Ley 22 incluye disposiciones sobre equipo de vehículos de motor, así como dimensiones, peso, y carga. Igualmente, establece y determina los parámetros para:
Denuncias y Citaciones
Escuela de conductores
Alquiler de autos
Renovaciones de licencias y notificación de sentencias
Poderes estatales y locales
Autopistas de peaje y limitaciones a su uso
Cobro de derecho
Carriles derecho exclusivo
El resto de este boletín describe los cambios principales a las licencias de conducir y las nuevas velocidades límites y presenta en forma de tablas las nuevas multas por estacionamiento y otras penalidades.